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Artículo 24. La Comisión, deberá poner a disposición en internet la siguiente información:
- Su estructura orgánica, las atribuciones, facultades y obligaciones;
- El marco normativo que les rige;
- Los servicios que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
- El directorio y curriculum de sus integrantes y personal administrativo;
- La remuneración que perciban, presentadas en rangos mínimos y máximos por nivel jerárquico;
- Los indicadores relativos a los gastos por concepto de viáticos, y gastos de representación;
- La información sobre su situación económica y endeudamiento o deuda pública;
- El nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su caso, de los encargados de gestionar y resolver las solicitudes de información pública;
- El listado de los contratos o convenios;
- La información relativa a los procedimientos de licitación de cualquier naturaleza, incluyendo: numero de licitación, invitación o adjudicación directa; convocatoria o invitaciones; participantes o invitados; nombre del ganador o adjudicado y razones que los justifican; fecha del contrato, monto, plazo de entrega o ejecución de los servicios u obra licitada;
- El padrón de proveedores y contratistas, salvo los datos clasificados como reservados o confidenciales;
- Las relaciones de las solicitudes de acceso a la información y las respuestas dadas;
- El resultado de los recursos de revisión interpuestos y las versiones públicas de las resoluciones emitidas;
- La información estadística de los amparos que existan en contra de sus resoluciones;
- Las estadísticas sobre las solicitudes de información, que debe incluir el perfil del solicitante, el tipo de respuestas y los temas de las solicitudes;
- El resultado de los programas implementados para la protección de datos personales y organización de archivos;
- Las actas de las sesiones del pleno;
- Los resultados de evaluación al incumplimiento de la ley por parte de los sujetos obligados;
- El informe sobre las acciones de promoción de la cultura de transparencia; y
- Toda la que se considere relevante y de interés para el público.
OBLIGACIONES GENERALES |
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